Observaciones de CIMTRA para modificaciones de Ley de Transparencia y Acceso a la Información en el estado de Jalisco. 

El siguiente documento expresa las observaciones y aportes generales que hace CIMTRA a la Ley de Transparencia del estado de Jalisco:

  1. Hacer una revisión a fondo de la información fundamental requerida, hay algunas categorías de información que aparecen excesivas e innecesarias, para eso recomendamos un trabajo profundo de análisis fracción por fracción de la información; el catálogo excesivo puede hacer el derecho al acceso de la información, lejano. Para lo anterior, proponemos homologarlo a la Ley General y especificar las obligaciones que son particulares de Jalisco; esto con la finalidad de que los ciudadanos puedan ver la misma estructura tanto en los portales como en la plataforma de transparencia y facilitar su consulta.
  2. Instrumentar la sanción de oficio por omisión de publicación de información sin la necesidad de que se presente algún recurso de transparencia o revisión; esto pudiera observarse en las evaluaciones mismas que realiza el ITEI o a petición de su consejo consultivo por evaluaciones ciudadanas que perciben omisiones. 
  3. Regular las solicitudes de información vejatorias o molestas, esto desde la visión de la ciudadanía, donde estas solicitudes afectan la respuesta de las solicitudes con genuino interés, lo anterior siguiendo como criterio las consideraciones de la Corte de Inglaterra: El énfasis debe estar en un estándar objetivo, y el punto de partida es que la irritabilidad implica principalmente hacer una solicitud que no tiene una base razonable, es decir, ninguna base razonable para pensar que la información buscada sería de valor para el solicitante o para el solicitante. público o cualquier sección del público.
  4. Se deben plantear obligaciones a organismos de la iniciativa privada cuando reciban, utilicen o participen de recursos públicos para controlar la corrupción; esta información básica puede ser: acta constitutiva, socios, fecha, capacidad para atender el contrato asignado, entre otras.
  5. Agregar como obligación de gastos de comunicación social de los sujetos obligados una fracción específica sobre el gasto realizado en redes sociales.
  6. Establecer como obligación de transparencia de partidos políticos y candidaturas independientes la publicación de todas las propuestas de campaña que realizan todas sus candidaturas. 
  7. Además, respaldamos las propuestas del Consejo Consultivo en relación de fortalecer el proceso de designación de las y los comisionados, dando atribuciones para participar en la convocatoria, insumos para realizar el proceso de designación y considerando en la legislación como obligatoria la valoración curricular que realiza el Consejo Consultivo. Además de establecer como obligación para las y los legisladores hacer público el razonamiento de su voto. 

Solicitamos al Congreso que esta discusión se dé en verdadero parlamento abierto y que esta iniciativa se suba al micrositio de parlamento abierto para que ciudadanía opine, esperamos que esta oportunidad de modificación de la legislación abone a municipios más transparentes e información más accesible y útil para la ciudadanía. 

Ciudadanos por Municipios Transparentes Jalisco

Febrero 2020